DEBATES EN TORNO A LA EDUCACIÓN Y AL ORDEN DE GÉNERO EN LAS OBRAS DE MARY WOLLSTONECRAFT Y JEAN JACQUES ROUSSEAU: APUNTES SOBRE LA DES/IGUALDAD DE LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS

 

DEBATES AROUND EDUCATION AND GENDER ORDER IN THE WORKS OF MARY WOLLSTONECRAFT AND JEAN JACQUES ROUSSEAU: NOTES ON THE IN/EQUALITY OF BOYS AND GIRLS

 

Andrea Marina Madero Castro[1]

 

Resumen

El artículo propone problematizar los conceptos de igualdad que Jean Jacques Rousseau (1762) y Mary Wollstonecraft (1792) aplicaron en sus reflexiones en torno a la educación de los niños y las niñas. Se plantea el concepto de igualdad de Rousseau como una paradoja por su carácter relativo y excluyente de todas las mujeres, por lo que se propone que nos encontramos frente a una igualdad diferenciada sexualmente, que produce un orden de género profundamente desigual, expresada en la educación, también diferenciada, de las niñas y los niños. Para ejemplificar dicha hipótesis, se analizan argumentos rousseaunianos en los que se evidencian los matices que propone el autor. Finalmente, se presentarán algunas críticas que Mary Wollstonecraft hizo a las ideas del autor suizo, entre las cuales destaca la alternativa educativa presentada frente a la paradoja de la igualdad de Rousseau, optando por una visión igualitaria de los sexos, de la crianza y de la educación, poniendo en práctica ideas del feminismo ilustrado de la igualdad y apuntando a la producción de un nuevo orden de género.

 

Palabras clave: educación, feminismo, igualdad, orden de género, Ilustración

 

Abstract

The article proposes to problematize the concepts of equality that Jean Jacques Rousseau (1762) and Mary Wollstonecraft (1792) applied in their reflections on the education of boys and girls. Rousseau's concept of equality is posed as a paradox due to its relativity and exclusion of all women. Therefore, it is understood as a sexually differentiated equality, which is expressed in the also differentiated education for boys and girls, producing, thus, a deeply unequal gender order. To exemplify this hypothesis, Rousseauian arguments, in which the nuances of the author's equality are evident, are analyzed. Finally, some critiques that Mary Wollstonecraft posed to the ideas of the swiss author will be presented. Special attention will be payed to the Wollstonecraft’s educational alternative, which is presented in the face of Rousseau's paradox of equality, in which she opted for an egalitarian vision of the sexes, of upbringing and of education, putting ideas of enlightened feminism of equality into practice, aiming for the production of a new gender order.

 

Keywords: education, feminism, equality, gender order, enlightenment

 

Recepción: 10 de septiembre de 2021/Aceptación: 18 de noviembre de 2021

 

Introducción

Este artículo se propone problematizar los conceptos de igualdad que Jean Jacques Rousseau y Mary Wollstonecraft aplicaron en sus reflexiones en torno a la educación de los niños y las niñas. Para tal efecto, se analizan, desde una perspectiva historiográfica, El Contrato Social (1762/2005) y Emilio (1762/1979), obras escritas simultáneamente por el autor suizo y que, sostengo, pueden leerse a manera de precuela y secuela (tratado para niños-tratado para hombres, respectivamente). Posteriormente, se expondrán algunas críticas que Mary Wollstonecraft hizo en Vindicación de los derechos de la mujer (1792/2014) a los planteamientos de Rousseau, especialmente sobre la educación de las niñas. El texto está dividido en tres: en la primera sección se plantea el concepto de igualdad como una paradoja, que a pesar de que en principio parece aplicar universalmente a todos los individuos, resulta excluyente de todas las mujeres, por lo que se considera que el concepto rousseauniano se trata de una igualdad diferenciada sexualmente. En la segunda sección se analizan algunos argumentos de Emilio (1762/1979) en los que se evidencian los matices de la igualdad de Rousseau. En la tercera sección se presentan ciertas críticas que Mary Wollstonecraft hizo a las ideas del autor suizo por considerarlas perjudiciales para las mujeres y las niñas. Asimismo, se describe la alternativa educativa que Wollstonecraft presentó ante la paradoja de la igualdad de Rousseau, optando por una visión igualitaria de la crianza y la educación, poniendo en práctica ideas del feminismo ilustrado de la igualdad y proponiendo un nuevo orden de género[2].

 

La igualdad como paradoja[3]

Al inicio de su conocida obra El Contrato Social, Jean Jacques Rousseau expresó que todos nacen iguales (Rousseau, 1762/2005, p.26), a lo que agregó que la esclavitud es antinatural y que “Puesto que no hay hombre que tenga autoridad natural sobre su semejante, y puesto que la fuerza no produce derecho alguno, quedan solamente las convenciones como base de toda autoridad legítima entre los hombres” (Rousseau, 1762/2005, p. 31).

Estos postulados deben ser sometidos a revisión ya que sostengo que yacen en una paradójica igualdad diferenciada sexualmente, que impide pensar en términos de universalidad su aplicación en la práctica. En otras palabras, dichos postulados (entre otros presentes en el pensamiento de la Ilustración) que en principio aplicarían por igual a todo miembro de la sociedad, son suspendidos cuando se trata de las mujeres.

            La Ilustración y sus autores han recibido críticas por diversos motivos, uno de los más comunes, y que condensa una serie de propuestas críticas que sospechan de la razón ilustrada es la que a mediados del siglo xx hacía la Escuela de Frankfurt. En este sentido, el falso carácter de la universalidad de ciertos conceptos ilustrados fue desarrollado por la primera generación de esta Escuela, particularmente por Theodor Adorno y Max Horkheimer en La Dialéctica de la Ilustración. Sin embargo, a pesar de la dura crítica a la razón instrumental y la dominación de la naturaleza del llamado Siglo de las Luces, cayeron en el mismo sesgo de los autores que criticaban, ya que dejaron de lado el análisis de cómo las mujeres se vieron afectadas por las ideas ilustradas.

Según señaló Anne Philips, en “Feminism and Republicanism: is this a plausible alliance?” (2000) en décadas recientes ha resurgido un interés por el estudio del republicanismo como un modo de mantener la distancia necesaria de la tradición liberal (Phillips, 2000, p. 7). Entre las corrientes que mencionó como parte de la lista de interesados en el tema se encuentra el feminismo, a propósito del cual hace la pregunta que lleva por título su artículo. A pesar de que Phillips estuvo consciente de que en sus formulaciones clásicas el republicanismo dista mucho de ser amable con las mujeres (Phillips, 2000, p. 1), consideró que es posible que haya sido en parte gracias a esta corriente que comenzó a gestarse el primer feminismo del mundo anglosajón, y menciona a Mary Wollstonecraft como una de sus mayores deudoras (Phillips, 2000, p. 13).

Como señaló Phillips, el interés en el republicanismo por parte del feminismo ha aumentado en las últimas décadas, pues parte importante de la labor de la teoría feminista es revisar la producción intelectual occidental para ubicar cómo ciertas generalizaciones o conceptos han excluido a las mujeres de las dinámicas sociales consideradas relevantes. Filósofas como Celia Amorós, Rosa Cobo, Anabella Di Tullio y Carole Pateman se han encargado de revisar los postulados del pensamiento ilustrado y han prestado especial atención a aquéllos de Jean Jacques Rousseau, pues siguiendo a Pateman, paralelamente al contrato social, se llevó a cabo un contrato sexual para perpetuar la exclusión de las mujeres del ámbito público y así asegurar el carácter patriarcal de la sociedad civil. Por este motivo, el estudio de Rousseau permite analizar el periodo de gestación del patriarcado moderno, según las autoras mencionadas.

            En ese sentido de crítica a los postulados rousseaunianos, sostengo que con la lectura de Emilio, se introduce una cláusula a la supuesta universalidad de la igualdad presentada en El Contrato, que evidencia que las diferencias que Rousseau planteó entre los sexos no son de grado si no de esencia. Y el uso que el autor dio a dicha diferencia se traduce en lo que él consideró una natural dependencia de las mujeres hacia los hombres, reforzada en la educación diferenciada entre niños y niñas. Esto resulta incongruente pues, según explicó Anne Phillips, la independencia (considerada como no-dominación) es una cualidad básica para el republicanismo, y de hecho para sus autores es la condición de la libertad (Phillips, 2000, p. 2). Sin embargo, al tratarse del tema de las mujeres, hay un cambio drástico en las ideas de Rousseau, pues en varias ocasiones en Emilio, prácticamente contradice las ideas del Contrato y deja ver el carácter masculino que para él tiene el pacto social. Entonces, en una serie de deducciones lógicas, se sigue que las mujeres al ser obedientes y dependientes, pierden simultáneamente la cualidad de iguales pero también la de libres, ya que según ha señalado Rousseau, “siempre estarán sometidas a un hombre o al juicio de un hombre, y jamás serán libres de imponer sus opiniones sobre la de él” (Rousseau, 1762/1979, p. 333).

Entonces, postulados como “es, por fin, un convencionalismo vano y contradictorio el estipular por una parte la autoridad absoluta y por la otra una obediencia ilimitada” (Rousseau, 1762/2005, p. 32) de El Contrato Social, deben ser revisados bajo este lente de sospecha de que cuando Rousseau habló del hombre en sociedad, se refirió al género masculino, no al humano. Ya que si bien en El Contrato Social se desarrollaron las ideas de igualdad y libertad supuestamente universales, al leerse de manera paralela a Emilio, la obra a la que más se dedicó[4] (Rousseau, 1762/1979, p. 34), es claro que el concepto de igualdad en Rousseau debe ser, al menos, matizado, ya que la obediencia ilimitada por parte de las mujeres hacia los hombres es expresada no solo como deseable sino como necesaria en la sociedad que describe en Emilio. En este sentido, la lectura en paralelo con dicho texto evidencia al proceso de constitución del contrato social como uno meramente masculino. Así, la idea que define el contrato social, a saber, que “la alienación o enajenación total de cada asociado, con todos sus derechos, a toda la comunidad, porque dándose cada uno todo entero, la condición es igual para todos; ninguno tiene interés en hacérsela onerosa a los demás” (Rousseau, 1762/2005, p. 38) excluye a las mujeres del nivel de igualdad mutua alcanzado por los hombres participantes del contrato. En este sentido, mientras los hombres como grupo realizan un sometimiento ante la voluntad general que los representa a todos en el ámbito de lo público, está implícito que las mujeres quedarán excluidas de esa misma voluntad general, pues no representaría a ninguna, y además, quedarán sometidas al hombre que en ese momento sea la autoridad de su vida en el ámbito privado. Por lo tanto, las mujeres experimentaron un doble sometimiento con El Contrato Social.

Tomando en cuenta lo anterior y ya que las mujeres no formaban parte de las decisiones acerca de la forma de gobierno ni de la comunidad, fueron ubicadas en una esfera de dependencia hacia los hombres, despojadas de la injerencia en la esfera pública de la que los hombres sí gozaban por ser parte del contrato social. Se debe considerar así, en concordancia con las ideas expuestas por la teórica feminista Rosa Cobo, que al aproximarse al estudio de la obra del suizo, así como a los planteamientos ilustrados en general, no se debe dejar de lado el factor de que “la idea que preside el pensamiento social y político de Rousseau es que el ciudadano, como sujeto político, debe ser la piedra angular del nuevo mundo que se está configurando” (Cobo, 2012, p. 115) y lo público, agregó Cobo, está pensado exclusivamente para él.

 

Rousseau, la educación de Emilio y la igualdad relativa

De acuerdo con Rosa Cobo, “El Contrato social y el Emilio, deben ser leídas como los instrumentos complementarios y necesarios en la construcción del nuevo mundo, el de la Modernidad” (Cobo, 2012, p. 113). En este sentido, abonando a su propuesta, sostengo que este individuo masculino, participante del contrato social, puede entenderse como el adulto en el que se convertiría Emilio, personaje que Rousseau describió desde la infancia en el libro del mismo nombre. Este texto pedagógico fue escrito de manera simultánea al Contrato y pienso que sienta las bases necesarias con las que el futuro participante del contrato social deberá ser educado para posteriormente entrar en la vida pública, cuando “sus funciones de hombre comiencen” (Rousseau, 1762/1979, p. 409), frase con la que termina dicho texto.

            En aproximadamente quinientas páginas, Rousseau describió la educación que debe inculcarse a los niños, y al inicio del texto explicó que “la primera de todas las cosas útiles: el arte de formar a los hombres, suele ser olvidada” (Rousseau, 1762/1979, p. 33). Entonces, el suizo tuvo el fin de mostrar las etapas de formación de Emilio, el hombre ideal protagonista de este tratado de educación escrito a manera de narración. Durante los cinco libros que conforman el texto, Rousseau describió a Emilio comenzando desde la infancia temprana, y terminando en la adultez y explicó qué características deberá tener su educación en cada etapa de la vida, qué aspectos deberán priorizarse y cuáles valores deberán aprenderse y ejercitarse.

Para el autor, entonces, las etapas de la vida previas a la adultez, en la cual se ingresa al contrato social como ciudadano, son de igual o mayor importancia que ésta ya que la educación, para él, es el modo de formar a los hombres para que funcionen en sociedad y a su vez la sociedad funcione para todos. Este libro se divide en cinco secciones, de las cuales las primeras cuatro hablan de cómo educar a Emilio en la infancia temprana, la infancia y la adolescencia, mientras que el quinto libro habla de la educación de Sophie, la niña ideal que el autor suizo construyó para ser la esposa de Emilio.

            Mientras que en los primeros cuatro libros Rousseau expuso que hay que inculcar en los niños el gusto por la lectura, la política y fortalecer valores como la valentía y sobre todo el uso de la razón, en el quinto libro explica que las niñas deberán tener otra educación debido a que son de una naturaleza distinta a los hombres. Si bien es evidente que la educación entre niños y niñas no sólo es diferente sino desigual, Rousseau sostuvo que la educación dada a cada sexo es la justa, pues según él, a cada uno se le educa para alcanzar la perfección última de su propia naturaleza:

 

Qué banales son las disputas acerca de si uno de los dos sexos es superior o si son iguales, porque cada uno, al cumplir los fines de la naturaleza de acuerdo a su propio propósito particular, serían menos perfectos si se asemejaran el uno al otro (Rousseau, 1762/1979, p. 358).

 

Entonces, se sigue que la igualdad entre los hombres y mujeres no es algo deseable para Rousseau, pues alejaría a cada uno de la finalidad natural relativa a su sexo. Así, me parece que en esta idea yace la clave para el análisis de la igualdad en términos de diferencia sexual en la obra de Rousseau, ya que hizo una primera distinción teórica entre hombres y mujeres, dividiendo todo valor en masculino o femenino, por ejemplo, la inteligencia como masculina y la ingenuidad como femenina[5], pero también hizo una división de los espacios, así lo público sería de lo masculino como lo privado de lo femenino.

En este sentido, según Rosa Cobo, la reclusión doméstica de las mujeres es un pilar central de la sociedad civil, ya que “la figura de ciudadano está concebida como un militante político que se dedica full time a su causa. Este ciudadano varón necesita tener garantizados la reproducción y los cuidados en el marco doméstico-familiar”, mismos que se esperaba que fuesen cumplidos por las mujeres. Esto fue justificado por Rousseau de manera simple, ya que, según él, el que sean las mujeres quienes deban encargarse del cuidado de los niños en el hogar es así también debido a la naturaleza: “La primera educación pertenece de modo incontestable a las mujeres; si el Autor de la naturaleza hubiera querido que perteneciera a los hombres, Él les habría dado a ellos leche para amamantar a los niños” (Rousseau, 1762/1979, p. 37).

Es claro que para Rousseau la labor principal de las mujeres es la crianza de los niños y niñas, y en su esquema, es necesario que las mujeres acaten ese rol para educar a los infantes que posteriormente formarán parte del contrato social. En este sentido, el único papel que el autor asignó a las mujeres es el de cuidadoras o educadoras y por eso es que no consideró necesario que cultivaran otras facultades, como la razón o la salud y fuerza físicas. Esto se debe a que para él, el rol doméstico femenino y las tareas que éste implica son parte de lo que construye como naturaleza femenina, que una vez “establecida como principio”, la deducción que se sigue de ello, según Rousseau, es que “la mujer está hecha específicamente para agradar al hombre” (Rousseau, 1762/1979, p. 358).

En estos términos es que el autor presenta a Sophie, la mujer modelo para Emilio, quien deberá ser educada bajo principios de sumisión y dependencia, siempre con el objetivo claro de lograr la complacencia masculina. Así, mientras Emilio se prepara para su involucramiento en las decisiones políticas y en la vida pública, su educación se enfoca en hacer de él un hombre independiente y libre, al igual que los otros emilios. Sophie, en cambio, será educada para ser madre, esposa y en permanente dependencia a Emilio, ya que para él la dependencia es una condición natural en las mujeres (Rousseau, 1762/1979, p. 370).

A propósito de los dos panoramas que planteó Rousseau para los sexos, Anabella Di Tullio, filósofa feminista, ha explicado que las mujeres son teorizadas como seres “incapaces de trascender su propia naturaleza, […] sus cuerpos– quedarán atrapadas en esta institución “natural” familiar […] en contraposición a la sociedad civil y política masculina instituida por convención, reino de lo universal y el interés general.” (Di Tullio, 2012, p. 130) Entonces, siguiendo la idea de Di Tullio, ya que la naturaleza de las mujeres las sitúa inevitablemente en el ámbito privado-doméstico, para Rousseau, la única labor femenina será el cuidar y atender al hombre del cual dependen:

 

Toda la educación de las mujeres debe relacionarse con los hombres. Las mujeres deben dedicarse a agradarles, a serles útiles y a ser amadas y honradas por ellos. A educarlos de jóvenes y cuidarlos de viejos, a aconsejarlos, y a hacer sus vidas más fáciles. Estos son los deberes de las mujeres en todo momento, y deben inculcárseles desde niñas (Rousseau, 1762/1979, p. 365).

 

Uno de los ámbitos de desigualdad más marcados en los programas de educación planteados por Rousseau, además del de la dependencia, fue el del desarrollo de la razón en cada sexo. Como muestra la cita anterior, para el autor no pareció ser necesario el entendimiento en las mujeres, pues al no formar parte de la vida pública, sus tareas se reducen básicamente a agradar y cuidar de los hombres que las rodean. En cambio, los valores que una mujer debe cultivar en ella misma son los de la modestia y la belleza, pues la inteligencia las haría lucir masculinas y eso no sería atractivo para los hombres. En este sentido, Rousseau consideró que la inteligencia en las mujeres es un defecto que nubla los atributos que pueda tener, mientras que, al contrario, la ignorancia le resulta “encantadora” (Rousseau, 1762/1979, p. 410).

Asimismo, explicó que en las mujeres, la inteligencia no causa admiración sino desprecio, ya que asume que para cultivar el entendimiento, deben descuidarse las labores propias de una mujer. Entonces, me parece que es claro que a pesar de ser una característica fundamental en su pensamiento y una clave para la constitución de la sociedad que plantea en El Contrato Social, Rousseau ha hecho un uso diferenciado del concepto de razón para hombres y mujeres, restringiendo su uso sólo a los primeros. Mientras que para los hombres es la condición de la libertad, para las mujeres es un defecto desagradable:

 

Una esposa brillante es una plaga para su esposo, sus hijos, sus amigos, sus sirvientes, para todos. Desde la sublime elevación de su genio ella desprecia todas sus labores de mujer y se asemeja cada vez más a un hombre (Rousseau, 1762/1979, p. 409).

 

Si la razón es la condición de posibilidad de la igualdad, pero las mujeres no deben cultivarla sino en nivel suficiente para educar a los niños y niñas, entonces las mujeres no fueron para Rousseau seres iguales. Pero no sólo esto, ya que como requieren siempre de un mediador entre ellas y la razón, esto las ubica en una postura de dependencia ante su mediador y por lo tanto, las priva también de la libertad. La condescendencia con la que el autor apuntó este asunto llega al punto de justificar sus acciones por no ser producto de su voluntad, pues no pueden hacer uso pleno de su razón y plantea como necesario dicho mediador. Así, explicó los errores femeninos como producto de un mal manejo de la persona encargada de ellas, pues no pueden juzgar por ellas mismas:

 

Debido al hecho de que en su conducta la mujer está esclavizada a la opinión pública, en su creencia está esclavizada a la autoridad. Toda niña debe tener la religión de su madre y toda mujer la de su esposo. Si esta religión fuera falsa, la docilidad con la que se someten la madre y la hija al orden de la naturaleza borra el pecado de su error. Ya que las mujeres no están en posición de juzgar por ellas mismas, deben recibir la decisión de sus padres y esposos como si fuera de la Iglesia (Rousseau, 1762/1979, p. 377).

 

Con esto quedan claras dos cosas: la primera es que, para Rousseau, mientras que los hombres en el contrato social controlan su estado de naturaleza por medio de la razón, las mujeres están entregadas por completo a éste y como no pueden auto gobernarse, para el autor, de ahí nace también una necesidad natural de ser gobernadas por alguien más, sea sus padres, esposos o alguna otra autoridad. Contrariamente a lo que apunta en el Contrato acerca de la ilegitimidad y carácter antinatural del gobierno de una autoridad sobre un hombre, en Emilio, para el caso de las mujeres, le resulta una situación necesaria y natural. Finalmente, el autor concluyó que: “como la dependencia es natural en las mujeres, las niñas se inclinan sin problema a la obediencia” (Rousseau, 1762/1979, p. 370).

La segunda es que las mujeres, a lo largo de sus vidas, sean niñas o adultas, conservarán la dependencia de un mediador masculino. Mientras que los niños abandonan el estado de dependencia cuando alcanzan la mayoría de edad y la edad de la razón. Para Rousseau las mujeres idealmente se quedarán en un estado de dependencia e infancia permanente, con una razón desarrollada sólo dentro de los límites que requieren la maternidad y la vida doméstica. En este sentido, Anabella Di Tullio ha considerado que en el esquema rousseauniano, “las nociones de autogobierno, independencia y libertad, aparecen como virtudes netamente masculinas”, mientras que las virtudes asignadas a las mujeres serán “la obediencia y la sumisión”(Di Tullio, 2012, p. 124), a lo que bien podría sumarse: una educación cuyo fin fuera la dependencia de un hombre.

            Ahora bien, al leer ambas obras a manera de precuela y secuela, es decir, el hombre miembro del Contrato Social como consecuencia lógica de un niño educado como Emilio, es claro que la igualdad de la que habla en el primero no aplica universalmente ya que deja por completo fuera a las mujeres por medio de la educación, que estaría dirigida a la reclusión femenina en el ámbito doméstico, así como al fomento de su dependencia permanente hacia alguna autoridad masculina y al desarrollo de una razón menor. A partir de la discusión alrededor de los planteamientos de Rousseau, intentaremos ahondar en cuál es el uso que tuvo su concepto de igualdad. Para tal efecto, profundizaremos en las consecuencias que la igualdad diferenciada, sugerida por el suizo, traería a la minoría silenciada por el Contrato: las niñas y mujeres. Mary Wollstonecraft, en este sentido, ofreció una fuerte crítica a los postulados del autor suizo, así como un concepto distinto de igualdad.        

 

Mary Wollstonecraft: crítica de la igualdad rousseauniana

De acuerdo con Phillips, los planteamientos rousseaunianos han recibido mucha atención en las últimas décadas por parte del feminismo, pero ya desde el siglo xviii las ideas del filósofo habían sido duramente criticadas. La autora de estas críticas fue Mary Wollstonecraft, la filósofa inglesa cuyo pensamiento es considerado como la base del pensamiento feminista anglosajón.

En su Vindicación de los derechos de la Mujer, publicado en 1792, Mary Wollstonecraft partió de la premisa de que las mujeres y los hombres son seres igualmente racionales, y que si hay distinciones visibles en sus comportamientos se debe a una educación sexualmente diferenciada. A lo largo del texto, la autora hizo una crítica a “algunos escritores que han hecho de las mujeres objetos de piedad, al borde del desprecio” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 141), pero sin duda al que dedicó mayor atención fue a Jean Jacques Rousseau y a sus planteamientos sobre educación e igualdad.

En esta sección se desarrollarán tres críticas que Wollstonecraft hizo a los planteamientos de Rousseau por considerarlos perjudiciales para las mujeres. La primera crítica es a la dependencia femenina del hombre como característica natural del sexo, la segunda es a la educación sexualmente diferenciada entre niños y niñas y finalmente, la confusión del efecto por la causa que, según explicó Wollstonecraft, hace que Rousseau crea que ciertas actitudes de las mujeres son naturales, cuando para la autora fue muy claro que son producto de condiciones sociales de opresión.

Sostengo, según explicaré a lo largo de la siguiente sección, que lo que se encuentra antes de esas tres críticas es la propuesta de una igualdad absoluta entre hombres y mujeres. Pues según mencionó Wollstonecraft a propósito de las mujeres, “si se prueba su racionalidad […] No se les recomendará implícitamente, con todos los encantos de la retórica, que sometan sus entendimientos a la guía del hombre” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 81). Así, al ser consideradas iguales en términos de razón, no se sostendría la necesidad, planteada por Rousseau, de sometimiento ni de dependencia de un mediador.

 

El amargo pan de la dependencia

Mary Wollstonecraft consideró que las mujeres se encuentran en un estado de esclavitud por su dependencia de la razón del hombre. Esta dependencia, según explicó, se desdobla en dos aspectos: corporal y mental. El interés que la autora brindó a la dependencia corporal se debe probablemente a que relacionó la apariencia de debilidad física con lo que en su época era considerado bello en una mujer, ya que según explicó, una mujer bella no tendría necesidad de cultivar su razón[6], por lo que no considera la belleza como un atributo positivo. Además, Rousseau expresó en Emilio que en la mente de la mujer se refleja exactamente su cuerpo (Rousseau, 1762/1979, p. 323), por lo tanto, si un cuerpo débil refleja una mente igual, es claro por qué Wollstonecraft desaprueba esta característica incluso en la composición física, y considera que debe ser erradicada en las mujeres como parte de su programa de cambios (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 287). De no ser así, las mujeres continuarán en su calidad de esclavas comiendo “el amargo pan de la dependencia” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 124).

Según señaló Anabella Di Tullio, “Rousseau es el único autor contractualista clásico que rechaza la esclavitud y todo tipo de contrato que se exprese en términos similares, con una notable excepción: el contrato sexual” (Di Tullio, 2012, p. 127). Con esto, la autora, apelando al concepto desarrollado por Carole Pateman en El Contrato Sexual (1988), se refirió a que, con respecto a las mujeres como grupo, Rousseau tuvo una postura muy distinta sobre la obediencia de un individuo hacia otro, ya que como antes sugerí, para él dos valores fundamentales de las mujeres eran la sumisión y docilidad, que deberían expresarse también en sus cuerpos. En este sentido, hay que señalar que la dependencia que denuncia Wollstonecraft es de tipo mental, ya que, para ella, la dependencia extrema atrofia la capacidad de discernimiento, al grado de que se vuelve innecesario ejercitar la razón.

Entonces, la dependencia que señaló Mary Wollstonecraft es descrita en términos físicos por un lado y mentales por otro, sin embargo, es interesante que no considera el factor económico como un obstáculo para la emancipación e independencia de las mujeres. Esta ausencia, según ha explicado Anne Phillips, se debe a que, para la autora inglesa, las mujeres más afectadas por la dependencia a los hombres eran las mejor acomodadas socialmente, pues las mujeres más pobres, al tener que trabajar, debían ser fuertes físicamente y eso las ubicaba en una posición de mayor independencia frente a los hombres (Phillips, 2000, p. 13). Entonces, el tener más recursos no aseguraba liberarse del yugo masculino, al contrario, para la autora representaba la adopción de un papel de feminidad frágil y débil propio de las damas, aumentando así la dependencia a los hombres.

Finalmente, el punto que más interesó a Wollstonecraft es el abandono de esa dependencia y de lo que llama aristocracia masculina, por lo que en un diálogo con Rousseau, dijo:

 

“Educa a las mujeres como a los hombres” dice Rousseau “y cuanto más se parezcan a nuestro sexo menos poder tendrán sobre nosotros”. Ahí es exactamente a donde quiero llegar. No deseo que tengan poder sobre los hombres sino sobre sí mismas. (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 119)

 

Y así, ha propuesto que la única solución para salir de ese estado es que las mujeres aprendan a valerse de su propia razón, y a dejar de priorizar su belleza para dar lugar al cultivo del entendimiento. Así, aseguró que las mujeres son capaces de hacerlo, pero que “todo conspira para hacer el cultivo del entendimiento más difícil en el mundo femenino que en el masculino” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 108), ya que consideró que, como los músculos, la capacidad de razonar se atrofia con la costumbre de la dependencia. Así, se ha preguntado: “¿Sobre qué tiene que reflexionar aquél que debe obedecer?” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 156), lo que la llevó a cuestionarse acerca de la validez de la restricción de las mujeres al desarrollo de su entendimiento.

 

Desarrollo de la razón

Mary Wollstonecraft ha considerado que uno de los pilares de la desigualdad entre hombres y mujeres es la relatividad del sistema de valores que propuso Rousseau. Entre los conceptos que aplica de modo sexualmente diferenciado, se encuentra el de razón, pues mientras que en las mujeres se espera que sea sólo una herramienta para poder educar a sus hijos y agradar a su esposo en conversaciones banales, es el eje que rige la vida social de los hombres. Así, la autora ha evidenciado que cuando una cualidad acerca a la virtud, es atribuida a lo masculino, mientras que cuando distancia de ésta, se le atribuye a lo femenino, por lo que resuelve negar “la existencia de virtudes propias de un sexo” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 102).

Así, Mary Wollstonecraft ha expuesto que para ella los valores deben ser absolutos, no relativos, y así niega la necesidad de una igualdad diferenciada sexualmente. En cambio, consideró que los estándares y criterios para medir la virtud de un ser humano deberían basarse en el nivel de desarrollo de su razón, sin importar su sexo. Asimismo, ha propuesto que niñas y niños deberían ser educados igual para desarrollar en términos de igualdad sus facultades y ser ambos, en tanto seres racionales, independientes en la adultez: “los principios que deben regular su desempeño [de las mujeres] deben ser los mismos” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 103).

Continuando con este argumento, la autora prosiguió con su crítica a Rousseau, pues le parece injusto e ilógico que las virtudes humanas deban verse restringidas dependiendo de si serán ejercidas por un hombre o por una mujer. En este sentido, calificó esta consideración teórica como un sinsentido, pues argumentó que

 

[…] o bien las mujeres son por naturaleza inferiores a los hombres y sus virtudes deben ser las mismas en cuanto a calidad, […], o la virtud constituye una noción relativa, en consecuencia, su conducta debería estar basada en los mismos principios y tener el mismo objetivo (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 69).

 

Con este argumento, Mary Wollstonecraft fortaleció la idea del sistema relativo de valores, prueba la existencia de lo que aquí hemos llamado igualdad sexualmente diferenciada y además ubica como consecuencia lógica una educación con igualdad absoluta para hombres y mujeres.

 

Confusión del efecto por la causa

El último aspecto que se señalará en este artículo es el de la confusión que, según Wollstonecraft, comete Rousseau. Esta confusión, según explicó la autora, se trata de considerar erróneamente el comportamiento de niñas y mujeres como parte de su naturaleza, cuando ―como desarrolló a lo largo de la Vindicación― el comportamiento parece ser natural sólo porque así han sido las condiciones femeninas por un largo tiempo. Explicó entonces que no es que haya un ethos femenino que guíe los comportamientos de las mujeres, sino que el ambiente en el que crecen las niñas en general es el que las lleva a desarrollar ciertas tendencias y gustos.

A continuación, un ejemplo presentado por Rousseau y discutido por la propia autora: En el Libro V de Emilio, Rousseau sugirió que la naturaleza de las niñas las hace menos propicias al desarrollo del entendimiento y la razón, y por eso les gustan los vestidos, las muñecas y hablar de trivialidades de la vida cotidiana (Rousseau, 1762/1979). Mary Wollstonecraft, al contrario, mencionó que como son educadas para estar dentro de la casa con otras mujeres y no se promueve el desarrollo del entendimiento por medio del estudio, es natural que se entretengan con muñecas y vestidos, pues es la única opción que tienen. Así, explicó que “es por supuesto muy natural que una niña, condenada a permanecer sentada durante horas […] se divierta adornando a su muñeca sin vida.” (Roussea, 1762/1979, p. 190). Así, atribuyó este comportamiento al ambiente que rodea a las mujeres, no a una tendencia dada naturalmente a ellas, pues, según prosigue “ni siquiera los hombres de mejores facultades han tenido la fuerza suficiente para estar por encima del ambiente que les rodeaba” (Rousseau, 1762/1979, p. 190).

Por lo tanto, la autora inglesa hizo una crítica a Rousseau quien, “tiende a demostrar que las niñas se preocupan, por naturaleza, de su persona sin conceder ninguna importancia al ejemplo diario” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 91) por lo que ha concluido que “se insiste en el efecto de la costumbre como si se tratase de una indicación indudable de la naturaleza” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 146). Este argumento, me parece, da un giro a la explicación que había sido ofrecida hasta entonces sobre las mujeres, no sólo por Rousseau sino por otros autores que habían considerado como un hecho la existencia de una naturaleza femenina. En este sentido, Mary Wollstonecraft ofreció un planteamiento muy innovador, pues no sólo negó la existencia de esa naturaleza diferenciada, sino que atribuyó a la sociedad la condición de degradación en la que se encontraban las mujeres.

            Wollstonecraft estaba consciente de que era el ambiente y no la naturaleza lo que impedía el desarrollo de las facultades de las mujeres. Esto, me parece, puede ser interpretado como una reflexión en torno a cómo las condiciones sociales alteran no sólo los comportamientos de los miembros de una sociedad, sino de los conceptos mismos que la rigen. A saber, el concepto de naturaleza, que fue duramente criticado por la autora ya que, como se explicó antes, es confundido y se considera la causa de fondo, cuando para ella esa condición supuestamente natural es en realidad el efecto de unas condiciones sociales particulares y no viceversa, como explicó Rousseau.

Así, con la reconsideración de la causa como el efecto, Wollstonecraft reveló no sólo el carácter social de un comportamiento sino la participación de los agentes que construyen esas relaciones conceptuales, y que terminan por construir ciertas relaciones desiguales de poder. En este caso, es claro que la construcción teórica de una naturaleza femenina dócil sirvió como justificación para perpetuar la dependencia y sumisión de las mujeres hacia los hombres.

A propósito del carácter banal e infantil que Rousseau atribuyó a las mujeres (Rousseau, 1762/1979, p. 367), Wollstonecraft respondió lo mismo, pues ha considerado que a falta de mejores ocupaciones para ellas, no hay más alternativa que concentrarse en el amor o en los acontecimientos mundanos de la vida cotidiana, pues el acceso a otras actividades está restringido. De modo que apuntó el carácter social de la falta de participación de las mujeres en actividades “masculinas”. Al negar a las mujeres todo privilegio político y existencia civil, solo les queda exaltar el sentimiento y amor como el gran acontecimiento de sus vidas. Pero la causa no es que tiendan naturalmente a ser más sensibles ni banales sino que ese es el efecto de la opresión política y civil que viven (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 294). Así, “la gran misión de la vida femenina es complacer […] y la reflexión profundiza en lo que debiera desaparecer y hubiera desaparecido si se hubiera permitido al entendimiento tener mayor alcance” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 294).

Así, tras describir el panorama de la entonces situación actual de degradación de su sexo, Wollstonecraft lanzó una propuesta para cambiar las mencionadas condiciones de las mujeres.

 

La revolución en la conducta de las mujeres comenzará en la educación

Para combatir los tres aspectos aquí mencionados, Mary Wollstonecraft hizo mención de la necesidad de una revolución en la conducta de las mujeres. Ésta comenzará con una igualdad que se verá expresada en la educación no diferenciada entre niños y niñas, así como en el cultivo igualitario de las facultades humanas en ambos sexos, sin que existan virtudes particulares a cada uno (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 70).

            La autora mencionó que de suceder este panorama, las mujeres serían capaces de estudiar medicina, enfermería o política (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 241), en lugar de quedarse exclusivamente en los “pocos empleos que hay disponibles para ellas” pues suelen ser “de tipo servil” (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 241). Esto, que resulta ser la única muestra que dio acerca de una preocupación por la independencia económica femenina, permitiría, según la autora, que las mujeres se casaran por afecto y no por sustento, e incluso planteó la posibilidad de una vida sin matrimonio (Wollstonecraft, 1792/2014, pp. 241-242), propuesta que puede ser interpretada como una vida independiente.

            La igualdad en la educación, a diferencia de como la planteó Rousseau, es para Mary Wollstonecraft la base para formar ciudadanas virtuosas, que reconocidas como seres racionales ―no sólo como madres y esposas― podrían ser de mayor utilidad para la sociedad. Esta conclusión, expuesta por la autora en Vindicación, tiene evidentemente ciertas cuestiones criticables. Por un lado, no cuestionó la división público/doméstico, sino que pensó el acceso al ámbito y actividades públicas (masculinizadas) como el objetivo último de las mujeres. En este sentido, tampoco consideró que los espacios y actividades domésticas (feminizados) tengan un valor social relevante, ni mucho menos una potencia política.

Hoy en día, a la luz de otros feminismos como el de la diferencia, o los nuevos materialismos, permiten pensar el problema de las mujeres desde otros enfoques, así como pensar las actividades domésticas también como un trabajo, que si bien no suele ser remunerado, no deja de ser esencial para el funcionamiento de la sociedad. Asimismo, un comentario que no debe dejar de estar presente es la condición de clase de la autora, pues habla desde un privilegio desde el cual enuncia las críticas a la situación “de la mujer”, sin embargo, en el tiempo en el que Wollstonecraft escribió, había muchas mujeres que no tenían más opción que trabajar en el campo o en las incipientes industrias o bien en casas ajenas (además del trabajo doméstico en sus propios hogares, ciertamente sin remuneración). Sin embargo, los privilegios de clase y raza de la autora no deben opacar la fina crítica que hizo en nombre de lo que ella consideraba que eran “las mujeres”, ni los debates sobre la igualdad y la educación, pues sus ideas, algunas expuestas en el presente artículo, fueron la semilla para movimientos sociales posteriores, influenciando a activistas de otras latitudes como Elvia Carrillo Puerto, quien también abogó por una educación igualitaria y condiciones más justas para las mujeres.

           

Conclusiones

Mientras que El contrato social busca explicar las condiciones de igualdad entre los hombres, Emilio es un largo tratado que busca justificar las desigualdades entre los sexos, desigualdad que requiere de argumentos para sustentarse ya que, según Rosa Cobo, “negar a las mujeres el estatuto de sujetos políticos y el de seres racionales […] pone de manifiesto […] una incoherencia de los principios de igualdad y de universalidad de derechos de la Ilustración” (Cobo, 2012, p. 116).

Sostengo que, en conjunto, la Vindicación de Wollstonecraft es una respuesta a la incoherencia en los planteamientos de igualdad presentados por el pensamiento ilustrado en general y por Rousseau en particular. Ya que, mientras en El Contrato Social ésta se presenta como una característica universal a todo individuo, en Emilio muestra un tamiz que excluye a todas las mujeres de la dinámica social pública mediante la restricción del desarrollo de sus facultades.

Asimismo, quisiera decir que el concepto de igualdad de Rousseau me parece una despolitización total de las mujeres, pues el papel de complacencia en el que las ubica no les permitía pensar por ellas mismas, ni siquiera darse cuenta de su opresión. Sin embargo, siguiendo los planteamientos de Di Tullio “la despolitización de la educación de Sofía representa en sí misma un hecho político” (Di Tullio, 2012, p. 141), y quisiera extender ese argumento al lenguaje, pues en tanto hecho político, deja ver dinámicas sociales y concepciones del mundo.

Finalmente, la crítica de Mary Wollstonecraft a los planteamientos de Rousseau funcionó como un plan de emancipación y agencia femeninas, pues implicaría un cambio en cómo se relacionan con los hombres de los que dependen, pues la relación sería en cambio en términos de igualdad no diferenciada sexualmente. Pero también cambiaría la forma de relacionarse con ellas mismas pues se sabrían responsables de guiarse con su propia razón sin necesidad de un mediador entre ellas y el mundo. Por lo tanto, considero que las ideas de la Vindicación invitan a la fortaleza, física y moral, así como a la independencia, todo esto basado en un sistema de valores absolutos, que no restrinja la fuerza y la razón como virtudes exclusivamente masculinas, pues sugiere que son intrínsecamente humanas.

Así, parte importante de la politización de la vida de las mujeres dentro del esquema de Wollstonecraft es su reconfiguración como agentes sociales relevantes, con una potencia política y con futuros posibles diferentes a los que ofrecía la domesticidad normativa, reforzada por una educación diferenciada, en la que Rousseau las había ubicado otra vez. Así, la Vindicación es un manifiesto para exigir el acceso a las mismas condiciones de educación disponibles para los hombres con el fin de tener igualdad de posibilidades para desarrollar al máximo las facultades humanas de las mujeres y construir un nuevo orden de género.

 

Bibliografía

Cobo, R. (2012). Las paradojas de la igualdad en Jean-Jacques Rousseau. Avances del Cesor, 9(9), 109-121. https://doi.org/10.35305/ac.v9i09.455

Pilchner, J. y Whelehan, I. (2004). 50 key concepts in Gender Studies. Sage Publications. http://dx.doi.org/10.4135/9781446278901

Phillips, A. (2000). Feminism and republicanism: Is this a plausible Alliance? Journal of Political Philosophy, 8(2), 279-293. https://doi.org/10.1111/1467-9760.00103

Rousseau, J. J. (2005). El Contrato Social. Editorial Mestas. (Trabajo original publicado en 1762).

Rousseau, J.J. (1979). Emile or On Education (Allan Bloom, Trad.). Basic Books. (Trabajo original publicado en 1762).

Di Tulio, A. (2012). A la sombra de Rousseau: Mujeres, naturaleza y política. Avances del Cesor, 9(9), 123-141. https://doi.org/10.35305/ac.v9i09.456

Wollstonecraft, M. (2014). Vindicación de los derechos de la mujer. Akal. (Trabajo original publicado en 1792).



[1] UNAM, México. Correo electrónico: andreamaderocastro@gmail.com

[2] El órden de género se define como “un sistema modelado de prácticas ideológicas y materiales, realizado por individuos en una sociedad, a través del cual las relaciones de poder entre mujeres y hombres se establecen y rehacen como significativas” (Pilchner, 2004, pp. 61-64).

[3] La identificación de la paradoja se toma del artículo aquí mencionado “Las paradojas de la igualdad en Jean Jacques Rousseau” de Rosa Cobo (2012).

[4] En la introducción de Emilio, Rousseau explicó lo importante que es la educación y los valores y conductas inculcados en los primeros años de vida para la formación de hombres y debido a esto, su tratado de educación es “la obra a la que más me he dedicado”. (Rosseau, 1762/1979, p. 34)

[5] En Vindicación de los derechos de la mujer, Mary Wollstonecraft señaló que Rousseau utilizó sin distinción las palabras ingenuidad, inocencia e ignorancia para referirse a una cualidad deseable en las mujeres. “Con el fin de preservar su inocencia, como se denomina cortésmente a la ignorancia”. (Wollstonecraft, 1792/2014, p. 93)

[6] Wollstonecraft hizo una analogía entre las mujeres bellas y las personas ricas, que según sugiere, nacen con un privilegio que no les obliga a esforzarse por nada, ni siquiera por pensar. Explicó que toma el ejemplo de los ricos de la Teoría de los sentimientos morales de Adam Smith.