Los derechos humanos como condición de ciudadanía

  • Teresa Gónzalez Luna Corvera Universidad de Guadalajara

Resumen

La ciudadanía ha sido entendida desde los orígenes del Estado de derecho como la posesión y el ejercicio de derechos inalienables por parte de los individuos que integran la sociedad, así como la obligación de cumplir deberes y respetar los derechos de los demás. A estos derechos de autonomía individual frente al poder del Estado y de participación en las decisiones públicas, designados como derechos civiles y políticos, se agregan los denominados derechos económicos, sociales y culturales, entre los que se ha consagrado el derecho a la educación. Estos derechos de la segunda generación habilitan para participar en decisiones y proyectos que se asumen desde la vida política y el Estado.Las dos primeras categorías de derechos, que actualizan las principales luchas históricas desde el siglo XVII en Europa y luego en Estados Unidos, se refieren a libertades individuales (expresión, pensamiento, asociación, etc.) que se afirman frente al Estado y la facultad de participar en la vida pública. La categoría más novedosa y controvertida, como señala Nun, es la de los derechos económicos, sociales y culturales que fueron tematizados por los socialistas en el siglo XIX, pero incorporados plenamente en la agenda pública durante la segunda guerra mundial. Son derechos que  no protegen al individuo de intromisiones estatales ni se limitan a habilitarlo para intervenir en política sino que se trata ahora de derechos que el propio Estado tiene la responsabilidad y la obligación de llevar a la práctica, dictando las leyes y proveyendo los recursos necesarios para ello.

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Biografía del autor/a

Teresa Gónzalez Luna Corvera, Universidad de Guadalajara
Licenciada en ciencias de la comunicación, investigadora del Centro de Estudios de Género, UdeG.
Publicado
2015-02-03
Sección
La teoría